El cese del concurso de traslados se efectuará el 2 de julio


EL DERECHO PENITENCIARIO
30 JUNIO 2015

El cese de los funcionarios del concurso de 2012 se efectuará el 2 de julio y durante este mes cobrarán por el puesto de origen. Así figura en una orden que ha enviado a los centros la subdirectora general de Recursos Humanos, Ana Velasco. El BOE publica en su edición del martes 30 de junio la resolución de este polémico concurso de traslados que ha pasado por numerosos recursos.

Esta es la resolución del BOE:

En el recurso contencioso-administrativo, procedimiento abreviado 301/2012, interpuesto ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo n.º 1, por la Agrupación de los Cuerpos de la Administración de Instituciones Penitenciarias (ACAIP), contra la Resolución de 23 de marzo de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad, («Boletín Oficial del Estado» de 9 de abril de 2012) por la que se convocó concurso general de méritos para la provisión de puestos de trabajo en los Servicios Periféricos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y del Organismo Autónomo de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, ha recaído sentencia 57/2013, de 8 de marzo, confirmada por la Sección 5.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de fecha 9 de octubre de 2013, que ha adquirido firmeza, habiéndose observado en orden a su ejecución los trámites previstos en la Resolución del Secretario General de Instituciones Penitenciarias de 19 de febrero de 2015.

El tenor literal del fallo de la sentencia de referencia es el siguiente: «Estimando el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Agrupación de los Cuerpos de la Administración de Instituciones Penitenciarias (ACAIP) representado por la procuradora Dª Isabel Monfort Sáez y asistido del letrado D. José Luis Díaz Caballero, contra la resolución a que se hace referencia en el fundamento de derecho 1.º de esta sentencia, debo dejar sin efecto dicha resolución al no ser la misma conforme a derecho, así como declaro la nulidad de pleno derecho de la base tercera 1.2.2 de la convocatoria y la nulidad de pleno derecho de la base tercera 3.1.3 de la convocatoria impugnada y del anexo III respecto al apartado cursos del puesto de trabajo enumerado como número 1 (jefe/jefa de servicio y jefe/jefa de servicio de servicio CIS), debiendo ser valorado dicho curso con la misma puntuación que aquel que ha sido impartido por la administración penitenciaria y que se identifica en el anexo III como jefe de servicios (área 1,2,3,4,5,6), condenando a la Administración demandada a estar y pasar por tal declaración, condenando a la parte demandada al pago de las costas procesales».

En virtud de todo ello, procede:

Primero.

Modificar la Resolución de 8 de octubre de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad, («Boletín Oficial del Estado» de 10 de octubre de 2012), por la que se resuelve el concurso general convocado por Resolución de 23 de marzo de 2012, en los servicios periféricos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y del Organismo Autónomo de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, a la vista de la propuesta de adjudicación elevada por la Comisión de Valoración el pasado 15 de abril de 2015, y ponderadas las alegaciones realizadas en plazo de trámite de audiencia, así como su ausencia que implican un consentimiento tácito con el resultado de aquella, procede adjudicar en ejecución de la Sentencia 57/2013, de 8 de marzo, con carácter definitivo, los puestos de trabajo que figuran en el Anexo I a los funcionarios que se relacionan en el mismo.

Por motivos de seguridad, la relación de adjudicatarios contenida en este anexo I, con el destino asignado, se encuentra publicada en los Tablones de Anuncios de los Establecimientos Penitenciarios, así como en el Registro Central de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, sito en la calle Alcalá, n.º 38-40, Madrid.

La toma de posesión de los nuevos destinos se realizará conforme a lo establecido en el artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

El destino adjudicado se considera de carácter voluntario y, en consecuencia, no genera derecho al abono de indemnización por concepto alguno.

Segundo.

Por aplicación del «principio de conservación de actos y tramites», previsto en el artículo 66 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de conformidad con la propuesta de adjudicación elevada por la Comisión de Valoración el pasado 15 de abril de 2015, se mantiene la Resolución de 8 de octubre de 2012 en cuanto a la adjudicación de puestos de trabajo y funcionarios adjudicatarios contenidos en el anexo II, manteniendo invariable su situación administrativa a todos los efectos.

Por motivos de seguridad, este Anexo II, se encuentra publicado en los Tablones de Anuncios de los Establecimientos Penitenciarios, así como en el Registro Central de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, sito en la calle Alcalá, n.º 38-40, Madrid.

Frente a lo dispuesto en esta Resolución, que persigue la ejecución de la sentencia referenciada, podrá promoverse el incidente de ejecución de sentencia previsto en el artículo 109 de la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso- administrativa.

Madrid, 25 de junio de 2015.–El Secretario de Estado de Seguridad, P.D. (Orden INT/50/2010, de 12 de enero), el Secretario General de Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste Castillejo.

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